Texto oficial
Artículo 3°.- El Fondo de Formación Sindical y
Relaciones Laborales Colaborativas estará constituido por:
a) El aporte que se contemple anualmente en la ley de
Presupuestos.
b) Las multas pagadas por prácticas desleales y
antisindicales.
c) Las donaciones que se le hagan, y las herencias y
legados que acepte, a través de la Subsecretaría del
Trabajo, con beneficio de inventario. Dichas donaciones y
asignaciones hereditarias estarán exentas de toda clase de
impuestos y de todo gravamen o pago que les afecte. Las
donaciones no requerirán del trámite de insinuación.
d) Los aportes que se reciban por vía de cooperación
internacional a cualquier título.
e) Los demás recursos que perciba por otros conceptos.