Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 20.940 · Moderniza el sistema de relaciones laborales

Moderniza el sistema de relaciones laborales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1094436 / 9728194.

Texto oficial

Artículo 3°.- El Fondo de Formación Sindical y Relaciones Laborales Colaborativas estará constituido por: a) El aporte que se contemple anualmente en la ley de Presupuestos. b) Las multas pagadas por prácticas desleales y antisindicales. c) Las donaciones que se le hagan, y las herencias y legados que acepte, a través de la Subsecretaría del Trabajo, con beneficio de inventario. Dichas donaciones y asignaciones hereditarias estarán exentas de toda clase de impuestos y de todo gravamen o pago que les afecte. Las donaciones no requerirán del trámite de insinuación. d) Los aportes que se reciban por vía de cooperación internacional a cualquier título. e) Los demás recursos que perciba por otros conceptos.