Texto oficial
Artículo 14.- Agrégase en el inciso primero del
artículo 46 de la ley N° 19.518 la siguiente letra g),
nueva:
"g) La ejecución de acciones de capacitación
destinadas a trabajadores de empresas de menor tamaño que
mantengan vigentes o apliquen convenios colectivos a sus
trabajadores, siempre que se trate de aquellos suscritos
conforme a las reglas del Título X del Libro IV del Código
del Trabajo.".