Aprueba reglamento para la ejecución de la asignación "programa pago cuidadores de personas con discapacidad", establecida en la partida 21, capítulo 01, programa 01, subtítulo 24, ítem 03, asignación 352, glosa nº 14, de la ley nº 20.882 de presupuestos del sector público, correspondiente al año 2016
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1094601 / 9728288.
Texto oficial
Artículo 11.- Revisión.- El Ministerio, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, podrá en cualquier oportunidad, revisar la concurrencia de requisitos acreditados para la concesión del beneficio referido, mediante el procedimiento y con la periodicidad que dicha Subsecretaría determine. Dicho procedimiento se realizará a lo menos una vez cada año, de conformidad con la información contenida en el Registro de Información Social del Ministerio de Desarrollo Social y/o en los antecedentes que a su solicitud le proporcionen otros organismos públicos.