Texto oficial
Art. 6.o Para las inscripciones en el Registro Municipal regirán las mismas disposiciones que la ley establece para la inscripción en el Registro Electoral, salvo las disposiciones especiales que se consignan en la presente ley.
Sobre organizacion del registro municipal de electores
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1094691 / 9737528.