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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 320

Sobre organizacion del registro municipal de electores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1094691 / 9737538.

Texto oficial

Art. 16. Cada inscripción da derecho al elector a "un voto", dentro de la respectiva categoría del Registro Municipal.