Texto oficial
Artículo 15.- No obstante lo establecido en el inciso
primero del artículo 6, el trabajador podrá solicitar que
se ponga término a la relación laboral por causas
justificadas tales como enfermedad grave u otras, desde el
momento en que se le notifique la resolución que lo
determine como beneficiario. Caso en el cual, el empleador
deberá informar de dicha situación al Ministerio de
Educación, el que por su parte deberá determinar la fecha
en que se pagarán los beneficios correspondientes a la
bonificación por retiro voluntario. Durante el período
entre que se pone término a la relación laboral y el pago
efectivo de la bonificación, el trabajador no percibirá
remuneración alguna.