Texto oficial
Artículo 2°.- Establécese para el año escolar 2019,
la entrada en vigencia del proceso de admisión escolar
dispuesto en el numeral 6) del artículo 2° de la ley N°
20.845, en las regiones señaladas en el inciso primero del
artículo precedente.
Establécese para el año escolar 2020 la entrada en
vigencia del proceso de admisión escolar dispuesto en el
numeral 6) del artículo 2º de la ley Nº 20.845, en la
Región Metropolitana.
Dichos procesos se implementarán exclusivamente para
el primer curso del menor nivel de enseñanza que tenga
reconocido oficialmente cada uno de los establecimientos
educacionales de dichas regiones.