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Artículo 4 de la Ley S/N · Marcas de fábricas i de comercio nacionales o estranjeras.- lei sobre la materia

Marcas de fábricas i de comercio nacionales o estranjeras.- lei sobre la materia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1097572 / 9757059.

Texto oficial

Art. 4.° El nombre de un fundo rústico, molino, fundicion o fábrica, será del esclusivo uso del propietario del fundo, molino, fundicion o fábrica.