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Artículo 11 del Decreto 351

Aprueba reglamento de la ley nº 20.887, que facilita infraestructura y equipamiento deportivo de las fuerzas armadas a organizaciones deportivas, establecimientos educacionales y personas jurídicas sin fines de lucro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1097710 / 9752367.

Texto oficial

Artículo 11º.- Clasificación y forma para elegir al beneficiario. Los beneficiarios se clasifican en prioritarios y no prioritarios. Los beneficiarios prioritarios tendrán preferencia para ser elegidos por el funcionario autorizante, por sobre los no prioritarios. Los criterios para elegir entre los beneficiarios prioritarios, o para elegir entre los no prioritarios, son: 1.- La mayor cantidad de usuarios del beneficiario que puedan utilizar la infraestructura y equipamiento deportivo. 2.- Cumplido, por dos o más beneficiarios el criterio señalado en el numeral precedente, el funcionario autorizante preferirá al que haya entregado la solicitud de autorización con la fecha y hora de ingreso más antigua.