Texto oficial
Artículo primero.- Los incrementos introducidos en la asignación de reforzamiento profesional diurno, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del numeral 7) del artículo 2º, entrarán en vigencia de acuerdo con el siguiente cronograma:
Etapa de destinación y formación:
- A contar del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2016: 26%.
- A contar del 1 de enero de 2017: 28%.
Etapa planta superior:
- A contar del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2016: 101%.
- A contar del 1 de enero de 2017: 108%.