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Artículo 6 del Decreto Ley 984

Fija el texto refundido de la ley nº 13.196

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1098357 / 9757643.

Texto oficial

Artículo 6°- La fiscalización y control que corresponde a la Contraloría General sobre los fondos a que se refiere el artículo 1º, se hará en forma reservada, de acuerdo con los procedimientos y modalidades que determine el Contralor General, los que afectarán a todos los Servicios, Organismos, Instituciones o Sociedades del Estado en que éste tenga participación y que intervengan en la materia.