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Artículo 7 del Decreto Ley 1530

Fija el texto definitivo de la ley n° 13.196

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1098358 / 9757656.

Texto oficial

Artículo 7°- Los recursos establecidos en el artículo 1° no se incluirán en la contabilidad general de la Nación.