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Artículo 31 del Decreto 134

Aprueba reglamento de planificación energética de largo plazo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1098751 · idParte: 10550797

Texto oficial

Artículo 31.- Una vez publicado el documento con las observaciones recibidas, el Ministerio dictará la resolución que apruebe el Plan Estratégico de Energía en Regiones respectivo.