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Artículo 12 de la Ley 20.986

Otorga bonificación por retiro voluntario y una bonificación adicional a los profesionales de la salud que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1099318 / 9762662.

Texto oficial

Artículo 12.- Los beneficios de esta ley serán incompatibles con cualquier otro beneficio de naturaleza homologable que se origine por una causal similar de otorgamiento y cualquier otro beneficio por retiro que hubiere percibido el profesional funcionario con anterioridad.