Texto oficial
DL Nº 3.346
Artículo 7°.- Son funciones de la Subsecretaría de Art. 7
Justicia prestar asesoría y colaboración directa al D.O. 22.05.1980
Ministro en la elaboración de los planes, programas y
decisiones del sector a su cargo. Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 7
El Subsecretario de Justicia es el jefe superior de la letra a)
Subsecretaría de Justicia, colaborador inmediato del D.O. 05.01.2016
Ministro en las materias de su competencia y su subrogante Ley Nº 20.885
legal. Tiene a su cargo la administración interna del Art. Único Nº 7
Ministerio y le corresponden las funciones y atribuciones letra b) i)
establecidas en la legislación vigente y, en especial: D.O. 05.01.2016
a) Atender, en su calidad de superior jerárquico,
directamente los asuntos relacionados con las Secretarías DL Nº 3.346
Regionales Ministeriales de Justicia y Derechos Humanos y Art. 7 inc. 2º
fiscalizar su acción, y letra a) D.O.
22.05.1980
Ley Nº 20.885
b) Coordinar las acciones de los órg anos y servicios Art. Único Nº 7
letra b) ii)
D.O. 05.01.2016
públicos del sector. Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 7
letra b) iii)
D.O. 05.01.2016