Texto oficial
DL Nº 3.346
Artículo 10.- Créase el Comité Interministerial de Art. 10
Derechos Humanos, cuya función será asesorar al Presidente D.O. 22.05.1980
de la República en la determinación de los lineamientos de
la política intersectorial del Gobierno en materia de
derechos humanos, constituyendo una instancia de
información, orientación, coordinación y acuerdo para los
Ley Nº 20.587
n. Art. 4 Nº 3 D.O.
08.06.2012
Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 10
D.O.05.01.2016