Texto oficial
Artículo 21.- Las plantas de biogás deberán contemplar mecanismos de extracción de agua adicionales a los señalados en el proceso de limpieza, los que deberán cumplir con lo siguiente:
1. Ubicarse en coherencia con el trazado de las tuberías de transferencia de biogás, en sus puntos más bajos.
2. Los condensadores de agua deben ser calculados con el caudal máximo de biogás y en las condiciones más desfavorables de temperatura.
3. Las trampas de condensados y condensadores deben ser herméticos y de materiales aptos para su uso.