Texto oficial
Artículo 81.- En aquellas materias relativas a la operación, mantenimiento e inspección de las instalaciones grandes, se deberá cumplir con las especificaciones indicadas en los capítulos I y III del presente Título, en lo que les sea aplicable, y adicionalmente las que a continuación se indican:
1. Los operadores de las instalaciones grandes deberán contar con un Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgo (SGSR), el que debe cumplir con lo siguiente:
1.1 Contar con un análisis de riesgo que contenga la identificación de los peligros y evaluación de los riesgos de la actividad y de sus instalaciones.
1.2 La evaluación de riesgos debe considerar el árbol de eventos y sus consecuencias, que considere los valores mínimos de explosividad del biogás, radiación térmica en caso de incendio, los límites de toxicidad de ácido sulfhídrico (H2S), y la concentración de dióxido de carbono en espacios confinados, entre otros.
1.3 La evaluación de riesgo se debe actualizar dentro de los seis meses siguientes a las modificaciones que se realicen a la instalación grande, o tan pronto se verifiquen cambios en su entorno que alteren o afecten las distancias mínimas de seguridad definidas en el proyecto, adoptando las medidas correctivas que permitan mantener las condiciones de seguridad equivalentes.
1.4 El SGSR deberá contener a lo menos los siguientes elementos:
a) Orientaciones y objetivos generales en relación con la seguridad y los riesgos, definidos formalmente por la dirección superior de la empresa en una política de seguridad y riesgos.
b) Definición de las obligaciones y responsabilidades básicas del operador y del personal, en materia de seguridad y riesgos.
c) Estructura organizacional del SGSR.
d) Procedimientos, estándares, documentos y recursos para aplicar el SGSR, que debe considerar, entre otros, las siguientes materias:
- Instrucci�nes para la operación segura de las instalaciones.
- Manuales de mantenimiento.
- Condiciones para la puesta en servicio, para la operación normal, para operacionesprovisorias, para operaciones de emergencia y detención programada.
- Aseguramiento de la integridad mecánica y la confiabilidad del equipamiento crítico, entre otros, biodigestor, almacenamiento de biogás y tuberías.
- Naturaleza, cantidad, duración y frecuencia de las actividades.
- Recursos necesarios, humanos y materiales, para cumplir las metas u objetivos de seguridad propuestos.
- Relaciones con contratistas en aspectos de seguridad y durante emergencias.
e) Planes y programas de prevención y control de riesgos.
f) Programa de capacitación y entrenamiento del personal.
g) Detalle de investigación de accidentes ocurridos y las acciones correctivas emanadas de la investigación.
h) Procedimientos de revisiones y evaluación anual de la efectividad del SGSR.
i) Manual de Seguridad (MS).
2. El mantenimiento de las instalaciones grandes se deberá realizar según las metodologías de inspección basadas en riesgos y aptitud para el servicio.