Texto oficial
Artículo 9.- La bonificación adicional será
incompatible con otras bonificaciones al retiro, tales como
las otorgadas por la ley N° 20.807 o los artículos 1 y 4
de la ley N° 20.374.
Asimismo, la mencionada bonificación será
incompatible con toda indemnización que, por concepto de
término de la relación laboral o cese de funciones,
pudiere corresponderle al personal no académico, con las
únicas excepciones del beneficio contemplado en la ley N°
20.305, la bonificación compensatoria establecida en el
artículo 9 de la ley N° 20.374 y el desahucio a que se
refiere el artículo 13 transitorio del decreto con fuerza
de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, respecto
de quienes resulte actualmente aplicable.