Texto oficial
Art. 38. La Empresa es responsable, como toda empresa destinada a prestar el servicio de trasporte, de los daños i perjuicios procedentes de los actos u omisiones relativos al servicio, causados por los administradores i demas empleados en la esplotacion del camino. Esta responsabilidad pesará sobre el Estado si la esplotacion se hiciere por él o de su cuenta.
Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de la responsabilidad personal de los administradores o empleados.