Texto oficial
Art. 49. La Empresa no responde de los objetos que lleven consigo los pasajeros. Tampoco responde por las joyas, pedrerías, dinero, billetes de banco, títulos de la deuda pública o hipotecarios u otros documentos de la misma clase que se contuvieren en un equipaje que se hubiere entregado para conducir, si no se manifestaren especial i determinadamente.