Texto oficial
Artículo 2.- Durante los años 2016 y 2017, el pago
del incentivo anual al desempeño establecido en el
artículo trigésimo cuarto de la ley Nº 19.882 a las
unidades educativas que hayan obtenido el puntaje máximo en
el proceso de Evaluación Integral de la Calidad de la
Educación Parvularia efectuado durante el año 2015, será
la asignación correspondiente al primer tramo, cualquiera
sea el orden de ubicación en los tramos decrecientes en los
que se encuentre, conforme con los resultados comparativos
del proceso de evaluación.
La reliquidación de las cuotas correspondientes que
hayan sido pagadas a la fecha de publicación de la presente
ley, en virtud de la aplicación de lo dispuesto en el
inciso anterior, se efectuará a contar de dicha
publicación a aquellos funcionarios que se encuentren en
funciones a la fecha del pago.