Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 21.003

Extiende los beneficios de la ley nº 20.948 a los funcionarios y funcionarias de la junta nacional de jardines infantiles, establece normas específicas para el incentivo de la ley nº 20.213 y modifica los requisitos de ingreso y promoción de la función de supervisión de la planta de profesionales de dicho servicio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1102113 · idParte: 9789874

Texto oficial

Artículo 3.- La Subsecretaría de Educación Parvularia, por sí o a través de terceros, realizará un estudio de evaluación del proceso de Evaluación Integral de la Calidad de la Educación Parvularia de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Dicho informe será público, y deberá ser enviado a las comisiones de Educación y de Hacienda de ambas Cámaras del Congreso Nacional durante el segundo semestre de 2017.