Texto oficial
Artículo 4º undecies: Transcurridos 24 meses desde la
publicación del presente decreto, el Ministerio del Medio
Ambiente iniciará la revisión de los límites máximos de
emisión aplicables a vehículos livianos para establecer
los límites de emisión de la norma Euro 6d y sus
equivalentes en la norma de la Agencia de Protección
Ambiental de los Estados Unidos de Norteamérica (USEPA).