Texto oficial
Artículo 20.- El resultado de la evaluación se expresará en un puntaje. El comité de selección, de conformidad a los resultados obtenidos, determinará los candidatos que avanzan a la fase siguiente del proceso.
Aprueba reglamento que regula los procesos de selección al que deberán sujetarse las jefaturas de programa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 de la ley 20.955
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1103286 / 9799669.