Texto oficial
Artículo 21.- El comité de selección propondrá al subsecretario una nómina de tres o cuatro candidatos por cada cargo a proveer.
Aprueba reglamento que regula los procesos de selección al que deberán sujetarse las jefaturas de programa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 de la ley 20.955
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1103286 / 9799671.