Texto oficial
Art. 16º.- La proposición para otorgar una
condecoración, medalla o distintivo que sea competencia de
este Consejo será presentada por el Comandante en Jefe
Institucional correspondiente, o por el Jefe de Servicio,
tratándose de otros organismos del sector defensa,
acompañada de un documento en el que se expongan los
antecedentes y hechos meritorios del personal que ha
prestado servicios distinguidos o se haya hecho acreedor a
la condecoración, medalla o distintivo solicitada,
acreditando con los antecedentes pertinentes el haber
cumplido las exigencias que la condecoración, medalla o
distintivo impone para su otorgamiento.