Texto oficial
Art. 93º.- Distintivo "Bases Antárticas del
Ejército, Armada y Fuerza Aérea de Chile".
A. Otorgamiento.
Se otorgará al personal de Oficiales, Cuadro
Permanente y Gente de Mar, del Ejército, Armada y Fuerza
Aérea, que hubiese permanecido prestando servicios por un
periodo mínimo continuado de 10 (diez) meses y formando
parte de las dotaciones Antárticas, en cualquiera de las
Bases Antárticas Chilenas o cualquier otra que a futuro se
instale en Territorio Antártico Chileno.
El uso de este distintivo no dará derecho a ningún
beneficio especial, salvo el reconocimiento de la
Institución, por los servicios prestados en el Territorio
Antártico Chileno.
B. Entrega.
La entrega de este distintivo se llevará a efecto en
la fecha y lugar que disponga cada Institución.
El diploma respectivo se atendrá al formato
establecido en el Anexo Nº 100.
C. Descripción.
Consiste en una cinta de 4 cms. de largo por 1 cm. de
ancho, de color rojo, con un ribete plateado de 1 mm de
ancho. Al centro, sobrepuesto, un círculo de 14 mm. de
diámetro, representando el globo terráqueo marcando con
ribete plateado los paralelos y meridianos que limitan el
Territorio Antártico Chileno.
Su fondo será celeste, representando en esmalte blanco
la Antártica Nacional, cuya base enmascarada por el
círculo polar, será la bandera nacional.
Detalle del Distintivo conforme a Figura Nº 101.