Texto oficial
Artículo 30 bis A: El Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, como parte de un proceso de licitación
de vías, efectuado en virtud del inciso segundo del
artículo 3º de la ley Nº 18.696, podrá establecer
exigencias distintas relativas a presentación exterior e
interior de vehículos de transporte público de pasajeros y
su señalética, a las contenidas en el presente Reglamento.