Texto oficial
Artículo 22.- Repercusiones éticas, jurídicas y sociales.
La Evaluación deberá comprender las implicancias que la incorporación o no de una tecnología al Sistema regulado por la ley pueda tener desde la perspectiva ética, jurídica y social, considerando, entre otros, el respeto y promoción de los derechos humanos como mínimo moral y jurídico.
Para estos efectos, se deberán tener a la vista, entre otros, los acuerdos extracontractuales entre afiliados e Instituciones de Salud Previsional, los juicios pendientes y sentencias a firme en los cuales se litigue por cobertura de una tecnología.