Saltar al contenido

Artículo 47 del Decreto 13

Reglamento que establece el proceso destinado a determinar los diagnósticos y tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera, según lo establecido en los artículos 7° y 8° de la ley n° 20.850

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1105008 / 9812653.

Texto oficial

Artículo 47.- Infracciones a las normas de probidad y transparencia. Las infracciones a las normas sobre declaración de intereses e inhabilidades se sancionarán conforme al procedimiento establecido en el artículo 12 de la ley, sin perjuicio de las demás responsabilidades que correspondan según la normativa vigente.