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Artículo 61 del Decreto 13

Reglamento que establece el proceso destinado a determinar los diagnósticos y tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera, según lo establecido en los artículos 7° y 8° de la ley n° 20.850

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1105008 / 9812671.

Texto oficial

Artículo 61.- Del plazo para interponer el recurso de impugnación. El recurso de impugnación deberá presentarse dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos, contado desde la fecha de la publicación del acta final en el sitio electrónico del Ministerio de Salud.