Texto oficial
Artículo 13. La determinación de los bienes eficientes por zona de concesión de la empresa concesionaria se basará en los bienes de propiedad de la empresa que sean necesarios para prestar el servicio público de distribución de gas, incluyendo los servicios afines que correspondan, determinados de acuerdo a lo dispuesto en los artículos precedentes y corregidos de acuerdo a criterios de eficiencia y estándares similares aplicables a otras empresas de servicio público, si ello resulta necesario.