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Artículo 64 de Resolución 445 EXENTA

Establece normas para el proceso de tarificación del servicio de gas y servicios afines a que se refiere el artículo 38 y siguientes de la ley de servicios de gas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1106766 / 9826417.

Texto oficial

Artículo 64. Todos los antecedentes de costos que se utilicen en los cálculos deberán estar expresados en pesos chilenos a la fecha base de referencia establecida en las BTA y no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado. Los valores en dólares deberán ajustarse al tipo de cambio promedio de cada mes y posteriormente, ajustarse en moneda nacional, tomando como referencia el mes que corresponda según lo antes indicado.