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Artículo 31 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 20.640, que establece el sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a presidente de la república, parlamentarios, gobernadores regionales y alcaldes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1107657 / 9831485.

Texto oficial

Art. 29 bis. Artículo 31.- En los escrutinios, la mesa procederá a Ley N°20.669, art. escrutar primero las primarias del cargo de Presidente de la 3, N°10, República, después las de senadores y finalmente las de D.O. 27.04.2013 diputados, cuando corresponda. En el caso de las elecciones primarias para la nominación de candidaturas al cargo de gobernador regional o alcalde, la mesa procederá a escrutar primero la elección primaria de gobernador regional y después la de alcalde. Respecto de cada cargo de Presidente de la Repú