Texto oficial
Ley N°18.603, art.
Artículo 11.- Igualmente, cualquier partido inscrito o 11, D.O. 23.03.1987
en formación podrá deducir oposición a la solicitud a que Ley N°20.900, art.
se refiere el artículo 7, basada en el incumplimiento del 9, N°3 b), D.O.
requisito relativo al número de afiliados necesario para 14.04.2016
constituir un partido. La oposición deberá cumplir con las Ley N°20.915, art.
mismas formalidades señaladas en el artículo anterior y 1, N°10 a) y b),
deberá ser presentada al Servicio Electoral dentro del D.O. 15.04.2016
plazo de treinta días hábiles contado desde la fecha de la
publicación indicada en el inciso primero del artículo 9.