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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.603, orgánica constitucional de los partidos políticos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1107684 / 9832304.

Texto oficial

Ley N°18.603, art. Artículo 12.- Se haya o no deducido oposición, dentro 12, D.O. 23.03.1987 de los quince días hábiles siguientes al vencimiento del Ley N°20.915, art. plazo establecido en el artículo precedente, el Director 1, N°11, D.O. del Servicio Electoral deberá pronunciarse sobre la 15.04.2016 solicitud a que se refiere el artículo 7, acogiéndola o rechazándola en resolución fundada, que será publicada dentro de tercer día hábil en el sitio electrónico del Servicio. En caso de haber oposición, deberá resolverse sobre ella en la misma resolución aludida en el inciso anterior.