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Artículo 74 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.603, orgánica constitucional de los partidos políticos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1107684 / 9832374.

Texto oficial

Ley N°18.603, art. Artículo 74.- Las reclamaciones que se deriven de la 59, D.O. 23.03.1987 aplicación de esta ley y que se tramiten ante el Tribunal Ley N°20.900, art. Calificador de Elecciones se interpondrán dentro de quinto 9, N°3 i), D.O. día hábil y se sustanciarán de acuerdo con los artículos 14.04.2016 200 a 230 del libro I, título XVIII del Código de Ley N°20.915, art. Procedimiento Civil, en lo que sea pertinente, pero no 1, N°51, D.O. procederá el trámite de expresión de agravios. El escrito 15.04.2016 de reclamación se fundamentará someramente.