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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n°18.556, orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1107717 / 9832967.

Texto oficial

Art. 5. Artículo 5.- Los chilenos comprendidos en el número Ley N°20.568, art. 1° del artículo 10 de la Constitución Política de la primero, N°1, D.O. República, mayores de 17 años, serán inscritos 31.01.2012 automáticamente en el Registro Electoral. Los chilenos comprendidos en el número 3° del artículo 10 de la Constitución Política de la República serán inscritos automáticamente luego de obtener su carta de nacionalización de conformidad a la ley.