Texto oficial
Artículo 81.- Completados todos los escrutinios, Ley N°18.700, art.
llenadas las actas y ensobrados los votos, se hará un 75, D.O. 06.05.1988
paquete en que se pondrán los sobres de los votos a que se Ley N°20.568, art.
refiere el artículo 79, el acta de instalación y los segundo, N° 40,
demás útiles usados en la votación. D.O. 31.01.2012
El paquete será cerra do y sellado. En su cubierta se Ley N°18.809, art.
anotará la hora y se firmará por todos los vocales y los único, N°25, D.O.
apoderados que lo desearen. Luego, se dejará en poder del 15.06.1989
comisario.