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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 148

Decreto con fuerza de ley n.o 148

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1108843 / 9846729.

Texto oficial

Art. 16. Se podrá solicitar el remate de los bienes embargados aún cuando se deba un solo período del impuesto.