Texto oficial
Artículo 55.- Modifícase la ley N° 17.236, que
Aprueba Normas que Favorecen el Ejercicio y Difusión de las
Artes, en la siguiente forma:
1. Reemplázase, todas las veces que aparece, la
expresión "la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos"
por la expresión "el Servicio Nacional del Patrimonio
Cultural".
2. En el inciso segundo del artículo 2, sustitúyese
la expresión "dicha Dirección" por "dicho Servicio".
3. Reemplázase en el inciso segundo del artículo 6 la
frase "Ministerio de Educación Pública" por "Ministerio de
las Culturas, las Artes y el Patrimonio".
4. Sustitúyese en el artículo 7 las expresiones
"Director de Bibliotecas, Archivos y Museos" por "Director
Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural", y
"el Secretario-Abogado de la Dirección de Bibliotecas,
Archivos y Museos" por "el Subsecretario del Patrimonio".
5. Reemplázase en el inciso segundo del artículo 9 la
expresión "dicha Dirección" por "dicho Servicio".