Texto oficial
Artículo primero.- La eliminación del artículo 41 D
de la Ley sobre Impuesto a la Renta dispuesta por el número
3 del artículo 1 de la presente ley entrará en vigencia el
1 de enero del año 2022. No obstante lo anterior, a partir
de la publicación de la presente ley, no podrán ingresar
nuevas empresas al régimen establecido en la norma del
artículo 41 D.