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Artículo 67 TER de la Ley 21.040 · Crea el sistema de educación pública

Crea el sistema de educación pública

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111237 / 10596341.

Texto oficial

Artículo 67 ter.- Un reglamento dictado por intermedio del Ministerio de Educación y firmado por el Ministro de Hacienda establecerá la forma y modalidades de atención de niños y niñas de los establecimientos de educación parvularia dependientes de los Servicios Locales de Educación, las reglas relativas a los informes de gestión, así como las demás materias que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 67 bis. Lo anterior, sin perjuicio de las Normas Técnicas que dicte la Subsecretaría de Educación Parvularia sobre la calidad del servicio educativo.