Texto oficial
Artículo 4.- Integrantes del Sistema. Son integrantes
del Sistema los establecimientos educacionales dependientes
de los Servicios Locales de Educación Pública, con sus
distintos niveles y modalidades educativas, los Servicios
Locales de Educación Pública (en adelante también
"Servicios Locales") y el Ministerio de Educación, a
través de la Dirección de Educación Pública, según lo
dispuesto en la presente ley.
Los establecimientos educacionales son la unidad
básica y fundamental del Sistema. Están conformados por
sus respectivas comunidades educativas, integradas por
estudiantes, padres, apoderados, profesionales de la
educación, asistentes de la educación y por sus
respectivos equipos docentes directivos. Dichos
establecimientos contarán con autonomía para la
definición y desarrollo de sus proyectos educativos, de
acuerdo a la identidad y características propias de sus
comunidades, de conformidad a la normativa vigente.
En este marco, corresponderá a los profesionales de la
educación ejercer un rol fundamental para la consecución
del objeto del Sistema y para la materialización de los
principios que lo guían, establecidos en el artículo
siguiente, desarrollando estrategias y metodologías con
creatividad y autonomía, de acuerdo a lo establecido en la
letra b) del inciso cuarto del artículo 19 del decreto con
fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación.
Los Servicios Locales están encargados de proveer el
servicio educativo a través de los establecimientos
educacionales de su dependencia, y se relacionan con el
Ministerio de Educación por intermedio de la Dirección de
Educación Pública, en los términos dispuestos por esta
ley.
La Dirección de Educación Pública será responsable
de coordinar y conducir estratégicamente el Sistema,
velando por su desarrollo y mejoramiento permanente,
considerando las políticas, planes y programas elaborados
por el Ministerio de Educación.
El Ministerio de Educación, en su calidad de órgano
rector del sistema educativo, promoverá la articulación
entre los órganos e instituciones que componen el Sistema
de Educación Pública y aquellos que integran el Sistema de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación. Asimismo, a
través de la Subsecretaría de Educación y la
Subsecretaría de Educación Parvularia, ejercerá las
demás funciones o atribuciones determinadas por la ley.