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Artículo 84 del Decreto 31

Establece plan de prevención y descontaminación atmosférica para la región metropolitana de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111283 / 9855059.

Texto oficial

Artículo 84: En un plazo de 1 mes desde la entrada en vigencia del presente Decreto, el Ministerio del Medio Ambiente propondrá el rediseño de la placa que actualmente implementa la Superintendencia de Electricidad y Combustibles a los calefactores a leña y pellet de madera en la Región Metropolitana de Santiago, según las disposiciones contenidas en el presente Decreto.