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Artículo 131 del Decreto 31

Establece plan de prevención y descontaminación atmosférica para la región metropolitana de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1111283 / 9855113.

Texto oficial

Artículo 131: Mientras no entren en vigencia las disposiciones referidas a la norma de emisión de SO , a que se refieren el Artículo 38 y el Artículo 39 del presente decreto, seguirán rigiendo aquellos límites de emisión establecidos en el artículo 60 del DS N°66, de 2009, que Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago.