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Artículo 8 del Decreto 31

Aprueba reglamento programa de renovación de vehículos que prestan servicios de transporte escolar remunerado de pasajeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

Artículo 8.- En la segunda etapa, el postulante deberá presentar al Gobierno Regional correspondiente los antecedentes que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 5 del presente Reglamento. Asimismo, el postulante deberá presentar el certificado de cancelación de la inscripción en el Registro del vehículo saliente.