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Artículo 29 de la Ley S/N · Caja de crédito hipotecario.

Caja de crédito hipotecario.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1111997 · idParte: 9864258

Texto oficial

Art. 30. Los administradores de establecimientos de beneficencia, los guardadores de menores i demas incapaces, los defensores jenerales de menores, ausentes i obras pias, quedan autorizados para colocar los fondos que administran en letras de crédito.