Texto oficial
Artículo 35.- Créase un cargo grado 2, jefe de
División, de segundo nivel jerárquico afecto al título VI
de la ley N° 19.882, en la planta de personal de la
Superintendencia de Servicios Sanitarios, contenida en el
artículo 1 del decreto con fuerza de ley N° 141, de 1991,
del Ministerio de Obras Públicas.
El cargo señalado en el inciso anterior, será
provisto, por primera vez, mediante un proceso de selección
que haya sido realizado conforme a las normas del título VI
de la ley N° 19.882, con anterioridad a la publicación de
la presente ley.